Deuteronomio 14:1-29 NVI
[1] Eres hijo del SEÑOR tu Dios. No te hagas cortes en la piel ni te rapes la cabeza en honor de un muerto, [2] porque eres pueblo consagrado al SEÑOR tu Dios. Él te eligió de entre todos los pueblos de la tierra para que fueras su propiedad exclusiva. [3] No comas nada que sea abominable. [4] Los animales que podrás comer son los siguientes: el buey, la oveja, la cabra, [5] el ciervo, la gacela, el venado, la cabra montés, el íbice, el antílope y el carnero montés. [6] Podrás comer cualquier animal rumiante que tenga la pezuña hendida y partida en dos; [7] pero no podrás comer camello, liebre ni tejón porque, aunque rumian, no tienen la pezuña partida. Los tendrás por animales impuros. [8] El cerdo es también impuro porque, aunque tiene la pezuña partida, no es rumiante. No podrás comer su carne ni tocar su cadáver. [9] De todos los animales que viven en el agua podrás comer los que tienen aletas y escamas, [10] pero no podrás comer los que no tienen aletas ni escamas, sino que los tendrás por animales impuros. [11] Podrás comer cualquier ave que sea pura, [12] pero no podrás comer águila, quebrantahuesos, buitre negro, [13] gallinazo, ni especie alguna de milanos ni de halcones, [14] ni especie alguna de cuervos, [15] ni avestruz, lechuza o gaviota, ninguna clase de gavilán, [16] ni búho, ibis, lechuza nocturna, [17] búho del desierto, águila pescadora, cormorán [18] o cigüeña, ni especie alguna de garzas, ni abubilla ni murciélago. [19] A los insectos voladores los tendrás por impuros, así que no los comas. [20] Pero sí podrás comer cualquier animal alado que sea puro. [21] No comas nada que encuentres ya muerto. Podrás dárselo al extranjero que viva en cualquiera de tus ciudades; él sí podrá comérselo o vendérselo a un forastero. Pero tú eres un pueblo consagrado al SEÑOR tu Dios. No cocines el cabrito en la leche de su madre. [22] Cada año, sin falta, apartarás la décima parte de todo lo que produzcan tus campos. [23] En la presencia del SEÑOR tu Dios comerás la décima parte de tu trigo, tu vino nuevo y tu aceite, y de los primogénitos de tus vacas y ovejas; lo harás en el lugar que él escoja como residencia de su Nombre. Así aprenderás a temer siempre al SEÑOR tu Dios. [24] Pero, si el SEÑOR tu Dios te ha bendecido y el lugar donde ha puesto su Nombre está demasiado distante, de modo que no puedes transportar tu diezmo hasta allá, [25] entonces lo venderás y te presentarás con el dinero en el lugar que el SEÑOR tu Dios haya elegido. [26] Con ese dinero podrás comprar lo que prefieras o más te guste: vacas, ovejas, vino u otra bebida fermentada, y allí, en presencia del SEÑOR tu Dios, tú y tu familia comerán y se regocijarán. [27] Pero no abandones a los levitas que vivan en tus ciudades. Recuerda que, a diferencia de ti, ellos no tienen patrimonio alguno. [28] Cada tres años reunirás los diezmos de todos tus productos de ese año y los almacenarás en tus ciudades. [29] Así los levitas que no tienen patrimonio alguno, los extranjeros, los huérfanos y las viudas que viven en tus ciudades podrán comer y quedar satisfechos. Entonces el SEÑOR tu Dios bendecirá todo el trabajo de tus manos.
